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Norma de Argentina

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución No. 04983/2021
(B.Oficial: 5-5-2021)

Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 55/21 al 60/21.   Descargue el PDF

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución General 4983/2021

RESOG-2021-4983-E-AFIP-AFIP

Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 55/21 al 60/21.

Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2021

VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2021-00382438- -AFIP-DETNCA#SDGTLA del registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-531-2017, 13289-16723-2017, 13289-1747-2018 y 13289-20155- 2018 y los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2021-00074218- -AFIP-DVCLAR#SDGTLA y EX-2021-00098571- -AFIP-SECLAA#SDGTLA, se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.

Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 55/21 al 60/21.

Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº 1.618.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera.

Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección General por la Disposición N° 204 (AFIP) del 2 de agosto de 2017.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas en el Anexo IF-2021-00461511-AFIPDICEOA#DGADUA que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria y archívese. Silvia Brunilda Traverso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar

ANEXO (Artículo 1º)

POSICIÓN ARANCELARIA NCM DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA CRITERIO DE CLASIFICA- CIÓN N° EXPEDIENTE / ACTUACIÓN SIGEA N°
8528.59.20 Pantalla ("display") de cristal líquido, policromática, de (72 x 40) mm de área visible, (128 x 64) puntos de resolución y (0,48 x 0,48) mm de tamaño de punto, que permite visualizar gráficos, montada sobre circuito impreso provisto de componentes electrónicos capaces de polarizar las distintas celdas elementales de cristal líquido (segmentos) de la pantalla para lograr la correspondiente visualización. 55/21 13289-531-2017
8703.21.00 Vehículo concebido principalmente para el transporte de personas, de cuatro ruedas, propulsado con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada igual a 998 cm3, marca: Yamaha, modelo: YXZ1000R, conformado por una cabina abierta con estructura reforzada ("antivuelco"), provista de dos asientos individuales incluido el del conductor, y un área abierta para carga de 136,1 kg de capacidad, diseñado para ser utilizado fuera de la red de carreteras. 56/21 13289-16723-2017
3307.20.10 Desodorante antitranspirante, líquido, acondicionado para la venta al por menor en un envase de plástico de 50 ml de capacidad, con aplicador a bolilla. 57/21 13289-1747-2018
6307.90.90 Perfil de materia textil, de sección en forma de "U" de aproximadamente (40 x 55) mm, conformado por un fieltro 100 % fibras de poliéster, de los tipos utilizados en la construcción de cielorrasos. 58/21 13289-20155-2018
8425.42.00 Gato hidráulico, plegable, de accionamiento manual, con capacidad máxima igual a 2 toneladas, provisto de gancho y ruedas para su traslado, de los tipos utilizados en talleres de reparación de vehículos automóviles. 59/21 EX-2021-00074218-  - AFIP- DVCLAR#SDGTLA
6108.21.00 Bombacha, confeccionada con tejido de punto constituido por 95 % hilados de algodón y 5 % hilados elastoméricos, que presenta en la entrepierna, para aumentar la absorción, un refuerzo de tres capas conformado por tejido de punto 100 % hilados de poliéster; de los tipos utilizados por mujeres durante su ciclo menstrual. 60/21 EX-2021-00098571-  - AFIP- SECLAA#SDGTLA.