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Norma de Argentina

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución No. 04972/2021
(B.Oficial: 23-4-2021)

Nomenclatura Común del Mercosur. Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 49/21 al 54/21.   Descargue el PDF

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución General 4972/2021

RESOG-2021-4972-E-AFIP-AFIP

Nomenclatura Común del Mercosur. Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 49/21 al 54/21.

Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2021

VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2021-00265988- -AFIP-DETNCA#SDGTLA del registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-4729-2017, 13289-12865-2018, 19144-5396-2019, 19144-10676- 2019 y 19002-2-2020 y el Expediente Electrónico Nro. EX-2021-00282859- -AFIPDVCLAR#SDGTLA, se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.

Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 49/21 al 54/21.

Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº 1.618.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera.

Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección General por la Disposición N° 204 (AFIP) del 2 de agosto de 2017.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas en el Anexo (IF-2021-00398443-AFIPDVDAAD#DGADUA) que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria y archívese. Silvia Brunilda Traverso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar

ANEXO I

POSICIÓN ARANCELARIA NCM DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA CRITERIO DE CLASIFICACIÓN N° EXPEDIENTE / ACTUACIÓN SIGEA N°
3921.12.00 Lámina de poli(cloruro de vinilo) celular, combinada con un tejido de trama y urdimbre constituido por hilados de fibras de poliéster e hilados de algodón, que oficia de simple soporte; presentada en rollo, de los tipos utilizados para el tapizado de asientos de vehículos automóviles. 49/21 13289-4729-2017
3808.94.29 Preparación líquida desinfectante, fungicida y antioxidante, que presenta en su composición, emulsificantes entre otros aditivos (composición: ácido propiónico (mín. 61 % p/p), ácido fórmico (mín. 1,3 % p/p), metabisulfito de sodio (mín 1,3 % p/p), ácido acético (mín 0,8 % p/p), ácido benzoico (mín 0,6 % p/p), mono y diglicéridos de ácidos grasos, sorbato de potasio, ácido láctico, ácido cítrico, propionato de amonio, disueltos en agua), de los tipos utilizados en la elaboración de alimentos para animales. 50/21 13289-12865-2018
3923.50.00 Tapa de polietileno, de aproximadamente 35 cm de diámetro, provista de una lengüeta para facilitar el proceso de apertura. 51/21 19144-5396-2019
4421.90.00 Tablero de madera, de forma rectangular, constituido por tablas ensambladas por entalladuras múltiples, provisto de perfiles de acero galvanizado en todos sus cantos, de los tipos utilizados como soporte de elementos prefabricados de hormigón, en procesos de fabricación. 52/21 19144-10676-2019
8513.10.90 Lámpara eléctrica portátil, con forma de anillo, de 8 cm de diámetro exterior, constituida por 36 diodos emisores de luz (LED) alimentados eléctricamente mediante un acumulador de litio, provista de puerto USB para conexión de un cargador de acumulador y de dispositivo de sujeción que permite su fijación sobre un artículo u objeto generalmente portátiles, de los tipos utilizados para fijarse a teléfonos celulares o tabletas, para mejorar la calidad de las imágenes tomadas por la videocámara que esos dispositivos poseen. 53/21 19002-2-2020
8543.90.10 Aguja para rellenar la superficie de un tatuaje, de acero inoxidable, diseñada para ser montada en un aparato eléctrico de tatuar, constituida por un conjunto de agujas formando una línea y soldadas a una varilla provista de un ojal, en el extremo opuesto, que permite su fijación al aparato. 54/21 EX-2021-00282859-  - AFIP- DVCLAR#SDGTLA.