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Norma de Argentina

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Resolución No. 00399/2007
(B.Oficial: 11-6-2007)

Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Nº 365 del 31 de mayo de 2007.   Descargue el PDF

Ministerio de Economía y Producción

COMERCIO EXTERIOR

Resolución 399/2007

Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Nº 365 del 31 de mayo de 2007.

Bs. As., 8/6/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0476504/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 2 de fecha 3 de enero de 2007 y 365 de fecha 31 de mayo de 2007, ambas del citado Ministerio,

y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 365 de fecha 31 mayo de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se autorizó la exportación para consumo de la especie comercial denominada sábalo (Prochilodus platensis), de la Cuenca Parano - Platense hasta su desembocadura en el Río de la Plata, comprendida en la posición arancelaria 0302.69.41 (Prochilodus spp.) de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), hasta alcanzar un cupo máximo de OCHO MIL TONELADAS (8000 t.) a compartir entre las Provincias de ENTRE RIOS y SANTA FE.

Que corresponde ampliar a la posición arancelaria 0303.79.51 (Prochilodus spp.), de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), en la que también se encuentra comprendida la especie cuya exportación se autorizó.

Que por ello corresponde sustituir dicho artículo e incluir la posición arancelaria omitida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero), por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones,  y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991 y 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994 y sus modificatorios.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Nº 365 de fecha 31 de mayo de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 1º.- Autorízase la exportación para consumo de la especie comercial denominada sábalo (Prochilodus platensis), de la Cuenca Parano - Platense hasta su desembocadura en el Río de la Plata, comprendida en las posiciones arancelarias 0302.69.41 (Prochilodus spp.) y 0303.79.51 (Prochilodus spp.) de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) hasta alcanzar un cupo máximo de OCHO MIL TONELADAS (8000 t.) a compartir entre las Provincias de ENTRE RIOS y SANTA FE”.

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli